Legislación sobre accesibilidad: Portugal

la bandera de Portugal

El Decreto Ley n.º 82/2022, de 6 de diciembre, que transpone la Directiva (UE) 2019/882 sobre los requisitos de accesibilidad de los productos y servicios, corregido por la Declaración Rectificativa n.º 5/2023, de 2 de febrero, entró en vigor en junio de 2025 y exige la accesibilidad digital para las personas con discapacidad en Portugal. Su aplicación es supervisada por la Agencia para la Modernización Administrativa y las últimas modificaciones de este decreto se realizaron el 19 de octubre de 2018.

Ámbito de aplicación

El Decreto Ley n.º 82/2022 exige que una amplia gama de productos digitales y servicios orientados al consumidor cumplan requisitos específicos de accesibilidad para garantizar la igualdad de acceso a las personas con discapacidad. Esto incluye:

  • Hardware informático de uso general para consumidores y sus sistemas operativos.
  • Terminales de autoservicio, como cajeros automáticos, máquinas expendedoras de billetes, quioscos de facturación y otros dispositivos interactivos (excepto los integrados en vehículos de transporte).
  • Terminales interactivos para comunicaciones electrónicas y servicios de medios audiovisuales, incluidos televisores inteligentes, routers y decodificadores multimedia.
  • Servicios de telecomunicaciones y acceso audiovisual, incluidas las aplicaciones móviles y el software de decodificadores.
  • Servicios bancarios y financieros, incluidos los servicios de pago, la banca en línea y las plataformas de crédito digital.
  • Libros electrónicos y software de lectura específico
  • Servicios de comercio electrónico, incluidas las plataformas de compra en línea y los mercados digitales.
  • Servicios de comunicación de emergencia a través del número 112, válido en toda la UE.

Estos requisitos están diseñados para armonizar las normas de accesibilidad en toda la UE, garantizar el acceso sin barreras a los servicios esenciales y apoyar la vida independiente de las personas con discapacidad. La ley también establece obligaciones de cumplimiento para los fabricantes, proveedores de servicios, importadores y distribuidores que participan en la entrega o venta de estos productos y servicios en Portugal.

Excepciones

Las empresas de radiodifusión de servicio público deben garantizar que todos los contenidos anteriores a determinadas fechas, las retransmisiones multimedia en directo y los mapas de navegación con información esencial se presenten en formatos accesibles. Sin embargo, existen excepciones a este requisito. Los contenidos como los materiales de terceros que no están controlados por estas entidades, las colecciones patrimoniales en las que la accesibilidad puede comprometer los esfuerzos de conservación o en las que no es posible extraer el texto, y los contenidos de extranet e intranet o sitios web archivados que no se han actualizado desde el 23 de septiembre de 2019, están exentos de estas obligaciones de accesibilidad. Este enfoque equilibra la necesidad de accesibilidad con las limitaciones prácticas y la conservación del patrimonio cultural.

Multas y sanciones

En Portugal, el incumplimiento de la normativa sobre accesibilidad digital conlleva multas sustanciales en función de la gravedad de la infracción. Las infracciones previstas en el Decreto-Ley n.º 82/2022 se clasifican como infracciones administrativas leves, graves o muy graves. En el caso de las infracciones administrativas graves, las personas físicas se enfrentan a sanciones que oscilan entre 650 y 1500 euros, mientras que las empresas pueden ser multadas con entre 12 000 y 24 000 euros. Las infracciones muy graves dan lugar a multas más elevadas, con sanciones para las personas físicas de entre 2000 y 3740 euros, y para las empresas de entre 24 000 y 44 891 euros. Pueden aplicarse sanciones adicionales, como la divulgación pública de las sentencias en los periódicos nacionales, lo que refuerza aún más la importancia de cumplir los requisitos de accesibilidad.

Informes

Portugal cumple con el mandato de la UE relativo a las declaraciones de accesibilidad en los sitios web y servicios digitales del sector público. Estas declaraciones son esenciales para mantener la transparencia y la rendición de cuentas.

Esta declaración debe estar disponible públicamente en sus sitios web y proporcionar información clara sobre el estado de accesibilidad de sus servicios digitales, por ejemplo, si cumplen con los estándares requeridos o si describen los problemas de accesibilidad existentes. La declaración también debe detallar las medidas adoptadas para mejorar la accesibilidad, incluidos los esfuerzos en curso o los planes de corrección. Además, la declaración de accesibilidad debe especificar cómo los usuarios pueden informar de los problemas de accesibilidad y solicitar asistencia, garantizando que las organizaciones sigan siendo responsables y transparentes en su compromiso con las experiencias digitales accesibles.

Si los usuarios encuentran barreras de accesibilidad o desean presentar una queja por incumplimiento, pueden ponerse en contacto con la autoridad competente, el Instituto Nacional de Rehabilitación, organismo público. Las quejas pueden presentarse a través de:

Correo electrónico: inr@inr.mtsss.pt

Número de teléfono: +351 21 792 95 00

Sitio web oficial: https://www.inr.pt/

Dirección: Av. Conde de Valbom, 63. 1069-178 Lisboa

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